

Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)
Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha conseguido un nuevo ahorro de energía final equivalente a 1 kWh. De esta forma, si se acomete una actuación que implica un nuevo ahorro anual de 500 kWh, se podrán obtener 500 CAE.
Este instrumento permite monetizar los ahorros energéticos, recuperando parte del coste de las inversiones en eficiencia energética (cambio de iluminación, mejora del aislamiento térmico, renovación de equipos industriales o domésticos, etc.), ya que el usuario final podrá recibir una contraprestación si vende los ahorros obtenidos para su posterior certificación mediante el Sistema de CAE.
https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/cae.html
Certificados de Ahorro Energético
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Proceso Sencillo
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Ahorro y Confort
Beneficios del Aislamiento
Economía
Ahorra hasta un 40% en tu factura de energía.
Valor de Propiedad
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Confort Térmico
Mantén una temperatura agradable durante todo el año.
Requisitos del Programa
Descubre los criterios necesarios para aplicar al programa de aislamiento y comenzar a ahorrar energía.
Propiedad Residencial
El programa está disponible para propietarios de viviendas residenciales.

Cumplimiento Normativo
Verifica que tu propiedad cumpla con las normativas locales.
Documentación Completa
Asegúrate de tener toda la documentación necesaria para aplicar.
Evaluación Energética
Realiza una evaluación energética para identificar mejoras potenciales.
Para cumplir con la directiva europea sobre eficiencia energética, España creó en 2014 el Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Se trata de una contribución financiera por parte de los comercializadores de energía. Esta contribución se redistribuye en forma de ayuda directa para los consumidores que deseen mejorar la eficiencia energética de su vivienda, permitiendo así que las empresas cumplan con sus obligaciones anuales de ahorro energético.

Acceso Fácil
Califica para el Programa
Documentación Necesaria
Lista de documentos requeridos para aplicar al programa.
Elegibilidad
Verifica si cumples con los criterios para recibir el subsidio.
Proceso de Inscripción
Guía paso a paso para completar tu inscripción.








Nuestra Experiencia
Transición Energética
Conoce nuestra trayectoria en mejorar la eficiencia energética y cómo podemos ayudarte.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es un Certificado de Ahorro Energético (CAE)?
Es un documento electrónico que reconoce la consecución de un ahorro en el consumo de energía final (Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, artículo 2.b).
¿Qué valor tiene un CAE?
Un CAE tiene un valor único de 1 kWh de ahorro de consumo de energía final (Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, artículo 8.2).
¿Los CAE pueden ser objeto de compraventa?
Sí, pero únicamente entre quienes sean sujetos obligados (SO) o sujetos delegados (SD) (Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, artículo 8.1; Orden TED/815/2023, de 18 de julio, artículo 17.2).
¿Quién puede ser titular de un CAE?
Únicamente un sujeto obligado (SO) o un sujeto delegado (SD) a favor del cual ha sido emitido un CAE o bien que lo haya adquirido a través de un negocio jurídico de compraventa (Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, artículo 2.i y artículo 8.1).
¿Para qué sirven los CAE?
Anualmente, a los SO se les impone una obligación de ahorro de energía final (Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, artículo 5). La liquidación de CAE es un instrumento alternativo y voluntario a la aportación económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética para el cumplimiento de dicha obligación.
¿Es posible solicitar la liquidación de CAE sin ser su titular/propietario?
Un sujeto obligado o delegado puede haber obtenido la titularidad de unos CAE determinados por haber solicitado su emisión o tras un negocio jurídico de compraventa de CAE previamente emitidos. En este último caso, es necesario obtener la aceptación de la transmisión de la titularidad de los CAE por parte del Coordinador Nacional para que el comprador pueda solicitar la liquidación de los CAE correspondientes. Es decir, no se puede presentar una solicitud de liquidación de unos CAE adquiridos mediante compraventa hasta que no se disponga del documento de aceptación de dicha transmisión por parte del Coordinador Nacional. Por tanto, se deben realizar y comunicar las transmisiones de CAE con antelación suficiente respecto al momento en que se pretenden liquidar.
Puede consultar el procedimiento “Sistema de CAE: Solicitud de liquidación de CAE” a través del cual se deberá solicitar la liquidación de CAE, siendo obligatoria su presentación de manera telemática a través del siguiente enlace.
¿Cómo se solicita la verificación de ahorros de energía?
El sujeto obligado o el sujeto delegado deben presentar ante el verificador de ahorro un expediente con todos los detalles de la actuación de eficiencia energética realizada y de los ahorros de energía conseguidos.
Si el resultado de la verificación es conforme, el verificador emitirá un dictamen favorable en el que se recogerá, entre otra información, el valor del ahorro de energía conseguido (Orden TED/815/2023, de 18 de julio, artículo 13).